La Tarjeta de Estacionamiento de Vehículos para Personas con Movilidad Reducida es un documento personal e intransferible. Podrá ser utilizada por su titular en vehículos de su propiedad o en cualquier otro, mientras sea empleado para transportarle.
Desde 1998 la Unión Europea recomienda a sus estados miembros, el acceso a tarjetas de aparcamiento para discapacitados y personas con movilidad reducida. Gracias a ella podrán aparcar en zonas habitualmente restringidas.
La concesión depende de Ayuntamientos y Comunidades Autónomas. Cierto es que desde diciembre de 2014 existe un marco común que especifica dónde y cómo conseguirla, así como qué obligaciones y derechos tienen sus beneficiarios.
¿Qué es la Tarjeta de Estacionamiento?
Da derecho a las personas que presenten movilidad reducida o cumplan ciertos requisitos, a estacionar los vehículos automóviles en que se desplacen, lo más cerca posible del lugar de acceso o de destino. Además les permite aparcar en las distintas zonas autorizadas expresamente por la Ordenanza Municipal y acceder a las Áreas de Prioridad Residencial (A.P.R.).
¿Quien tiene acceso a ella?
• Puede ser una figura física o jurídica titular de vehículos destinados de forma exclusiva al transporte colectivo de personas con discapacidad.
• También para un grado de discapacidad igual o superior al 33%, el baremo de movilidad reducida determina la existencia de dificultades para utilizar transportes colectivos.
• Incluso mostrar, en el mejor ojo, una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección o un campo visual reducido a 10 grados o menos.
• Su Baremo de Movilidad Reducida debe ser positivo
¿Cual es el Órgano Responsable?
En el caso de Madrid, el órgano responsable es la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras. Concretamente el Consejo para la Promoción de Accesibilidad y la Supresión de Barreras.
¿Donde solicito la tarjeta de Estacionamiento para Discapacitados?
Si estás interesado en solicitarla, debes ir al Ayuntamiento de tu localidad de residencia. Accede a este enlace que te ayudará a realizar las gestiones previas.
Y si la vas a utilizar en otras localidades de España deberías saber que…
Las condiciones de uso de la tarjeta de aparcamiento para discapacitados dependen de cada municipio. No de la localidad de residencia del titular de esta. Por eso, si vas a viajar a otra ciudad tanto de España como de cualquier país de la Unión Europea es conveniente que tengas en cuenta la normativa vigente.
Más información de interés:
- Recuerda que la tarjeta de aparcamiento deberá colocarse en el salpicadero del vehículo o adherirla al parabrisas delantero por el interior, siempre con el documento original, de forma que su anverso resulte claramente visible y legible desde el exterior.
- Es estrictamente personal y sólo podrá ser utilizada cuando su titular sea transportado en el vehículo o éste sea conducido por la persona con movilidad reducida titular de la misma.
- La posesión permite estacionar en cualquiera de los lugares específicos señalizados como reservas de estacionamiento para minusválidos.
- La validez vendrá especificada en la misma. Depende de la edad del titular y de las características del dictamen sobre la movilidad.
- Se puede utilizar en todo el territorio nacional y en los estados miembros de la Unión Europea
También te recomendamos que accedas al enlace de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) para ampliar más la información
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